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Se remite a las Cortes el Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes

Si tienes una idea innovadora, este es el momento para llevarla a cabo, la nueva Ley de Startups simplificará los trámites para crear este tipo de empresas.

Además, se publican algunos beneficios fiscales que enumeramos a continuación:

BENEFICIOS FISCALES PARA LAS STARTUPS

  • Se eliminan los aranceles notariales y registrales.
  • Se reduce hasta el 15% el impuesto de sociedades los primeros cuatro años de actividad.
  • Los primeros 100.000 euros de inversión estarán libres de impuestos.
  • Habrá una deducción por inversión del 50% en los primeros cinco años.
  • Se eliminará tres años la doble cotización a la Seguridad Social en caso de pluriactividad.
  • Se reduce el tipo impositivo en los impuestos de sociedades y sobre la renta de no residentes.
  • Se permite el aplazamiento de la deuda tributaria sin garantías ni intereses de demora.
  • Se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados y se eleva la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación de 60.000 a 100.000 euros anuales.
  • Los trabajadores de las startups se beneficiarán de la remuneración basada en opciones sobre acciones de la propia compañía o stock options. Se aumentará de 12.000 a 50.000 euros anuales su exención fiscal.
  • Además, para atraer a los denominados nómadas digitales que se desplacen a territorio español se establece un procedimiento más ágil para que conseguir el visado y la residencia, así como un régimen tributario especial. Se incluye en esta medida a los españoles que hayan sido no residentes en España durante al menos 5 años.

Este empuje podrá salvar la brecha de falta de apoyo financiero que se encuentran muchos proyectos emergentes que acaban por no poder salir al mercado.

¿Qué se considera una startup?

Son startups aquellas empresas innovadoras, de nueva creación o con una antigüedad de hasta 5 años en general, o de 7 años en el caso de empresas de biotecnología, energía e industriales; que tengan su sede social, establecimiento permanente y la mayoría del empleo en España; que no hayan distribuido dividendos y no sean cotizadas, y que tengan ingresos de hasta 5 millones de euros.

Se facilitan los trámites para su creación con la cuando se trate de empresas que se creen acogiéndose a los estatutos tipo y por vía electrónica.

La constitución de una empresa será posible mediante un documento único electrónico y la inscripción en el registro mercantil en 6 horas, si se utilizan los estatutos tipo, y en 5 días hábiles en el resto de casos. También se elimina el requisito de obtener el número de identificación de extranjero para los inversores no residentes y, durante los 3 primeros años, se exime a la startup de la causa de disolución por pérdidas relacionadas o que generen un desequilibrio patrimonial.

De todos modos, ENISA, la Empresa Nacional de Innovación que pertenece al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo será la encargada de analizar y acreditar a las empresas como startups.

Asimismo, se habilitarán unos Puntos de Atención al Emprendedor y una Oficina nacional de Emprendimiento que funcionarán como portales o ventanillas de información y acceso a las ayudas públicas para los emprendedores que necesiten asesoramiento acerca de estos beneficios.